A la hora de solicitar una ayuda pública, en muchas ocasiones, se pide a las empresas que informen si han sido beneficiarias de ayudas concedidas con arreglo a un Reglamento de Minimis en los últimos tres ejercicios fiscales.
El concepto de Ayuda de Minimis surge en el seno del Derecho de la Unión Europea, y está estrechamente relacionado con los valores y objetivos de la Comunidad Europea.
Para poder comprender el origen y finalidad de estas ayudas resulta imprescindible hacer un breve recorrido por la historia de esta institución supranacional.
Origen y finalidad:
La Unión Europea se crea tras la finalización de la Segunda Guerra Mundial, con la finalidad de reestablecer y salvaguardar la paz del viejo continente. En un principio, la fórmula utilizada para ello se basó en una simple cooperación económica entre unos pocos países europeos. Sin embargo, con el paso del tiempo las relaciones políticas y económicas se volvieron cada vez más estrechas. El máximo exponente de ello es la creación del Mercado Único Europeo que fomenta la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales entre los Estados Miembros.
Con el objetivo de garantizar el correcto funcionamiento de ese mercado interior, el Derecho de la Unión Europea impide o limita todas aquellas actuaciones que puedan poner en peligro su buena marcha. Un ejemplo de ello son las Ayudas de Estado.
El artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE, en adelante) señala: “serán incompatibles con el mercado interior, en la medida en que afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros, las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones”.
Por su parte, el art. 108 TFUE encomienda a la Comisión la facultad exclusiva y excluyente de declarar las ayudas estatales compatibles con el mercado interior. De manera que, ni los Estados Miembros ni las autoridades nacionales de defensa de la competencia o los jueces nacionales pueden declarar la compatibilidad de una ayuda pública.
Sin embargo, hay determinadas ayudas que por su escasa cuantía carecen de efecto potencialmente distorsionador sobre la competencia y los intercambios comerciales entre Estados Miembros. En este caso, al considerarse compatibles con el mercado interior están exentas de comunicación a la Comisión. Son las denominadas Ayudas de Minimis.
Estas ayudas se regulan en el Reglamento (UE) 1407/2013 de la COMISIÓN, de 18 de diciembre de 2013.
5 limitaciones que tienes que conocer:
- El importe total de las Ayudas de Minimis concedidas por un Estado Miembro a una única empresa no podrá exceder de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. Este límite desciende a 100.000 euros cuando la empresa realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera, y en ningún caso la Ayuda de Minimis puede utilizarse para la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera.
- Los límites máximos expuestos se aplicarán cualquiera que sea la forma de la Ayuda de Minimis o el objetivo perseguido y con independencia de que la ayuda concedida por el Estado Miembro esté financiada total o parcialmente mediante recursos de la Unión.
- La ayuda se expresará como subvención en efectivo, y todas las cifras empleadas serán brutas, es decir, antes de deducción de impuestos u otras cargas.
- En el caso de fusiones o adquisiciones de empresas, todas las Ayudas de Minimis concedidas anteriormente a cualquiera de las empresas que se fusionen se tendrán en cuenta para determinar si la concesión de una nueva Ayuda de Minimis a la nueva empresa o a la empresa adquiriente supera el límite máximo pertinente.
- En caso de que una empresa se separe en dos o más empresas independientes, las Ayudas de Minimis concedidas antes de la separación se asignarán a la empresa que se benefició de ellas, que es en principio la empresa que asume las actividades para las que se concedieron las ayudas. Si dicha asignación no fuera posible, las Ayudas de Minimis se asignarán proporcionalmente sobre la base del valor contable del capital social de las nuevas empresas en la fecha efectiva de la separación.
Si tienes cualquier duda sobre las Ayudas de Minimis, en Advantic Consultores estamos para asesorarte.